La Corte Suprema ordenó eliminar publicaciones peyorativas de grupo de la red social Facebook, por ser atentatorias al derecho a la honra y a la propia imagen del recurrente.

La razón es que las expresiones vertidas por la recurrida, por medio de una red social, sin otorgar una posibilidad de respuesta o contra argumentación de la contraria, no pueden tener por objeto sino afectar la honra de quien es calificado peyorativamente, cuestión que en el caso concreto se verifica, toda vez que las expresiones vertidas importan un menoscabo a la persona del actor.