La Corte Suprema ordena a Bancos eliminar registro oculto e ilegal de deudores.   

La Corte dispuso que los bancos recurridos debían eliminar o cancelar datos de la deuda morosa, almacenados en cualquier registro o base de datos.

Lo Resuelto por la Excelentísima Corte Suprema, debía comunicarse a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras para que fiscalizara el cumplimiento de lo ordenado.

El Recurso de Protección se interpuso en enero del año 2018. Y, fue fallado en mayo del mismo año. 

La decisión de interponer un Recurso de Protección se debió a que el afectado intentó abrir cuenta corriente, pero le fue imposible debido a que los bancos recurridos mantenían registros de carácter clandestino e ilegales. Dichos antecedentes o bases de datos habrían sido consultados por la entidad bancaria, a la cual estaba solicitando apertura de cuenta corriente y crédito hipotecario.

Respecto de la demanda por la deuda anterior, se había declarado abandono del procedimiento por parte del banco. Por lo tanto, existía sentencia firme y ejecutoria. 

La Corte Suprema dejó claro que los antecedentes debían ser eliminados de cualquier base de datos, por cuanto era un actuar ilegal y arbitrario de la institución financiera.